Vuelve el proyecto de ley de comercialización de combustibles. Viene con “cláusula recaudatoria”

La ley de comercialización de combustibles, es un viejo anhelo de los estacioneros de todo el país, deseosos de contar con un marco legal que los ayude a desenvolverse en una actividad en la que las fuerzas son absolutamente dispares, ya que deben interactuar nada menos que con las empresas petroleras y el gobierno nacional.

A pesar de los prolongados esfuerzos por conseguir la norma legal, las cámaras que nuclean a los expendedores de combustibles nunca pudieron conseguirlo a lo largo de más de dos décadas. Por tal motivo siempre es auspicioso ver que se sigue bregando por ese instrumento. Pero claro, en no pocas ocasiones, camufladas entre los artículos de los proyectos, aparecen cláusulas que establecen recaudaciones cuantiosas de dinero para fines varios.

Por caso, el diputado nacional por el Frente de Todos, Ramiro Gutiérrez (Buenos Aires), elevó para su tratamiento un nuevo Proyecto de Ley de Comercialización de Combustibles Líquidos y Gaseosos. El proyecto dispone una retribución económica mensual equivalente al 20% del salario básico, en resarcimiento por manipular productos riesgosos. El fondo se solventará con el 1% del precio del combustible.

El mismo establece algunos puntos similares a otras iniciativas presentadas con anterioridad, incluso una del mismo legislador en el período parlamentario pasado. El más significativo, según informa el medio chacodiapordia.com, es aquel que dispone que los comercializadores mayoristas de combustibles no podrán operar Estaciones de Servicio, quedando expresamente prohibido todo convenio o acuerdo, cualquiera fuere su naturaleza, que haga presumir la existencia de subordinación o control por parte de aquéllas, respecto de una empresa o establecimiento minorista. Sin perjuicio de ello, se encontrarán facultadas a operar bocas de expendio cuya venta a consumidores directos no excedan el 15 por ciento de sus ventas totales en el mercado interno.

Sin embargo, uno de los fragmentos sustanciales de la actual propuesta es el que crea un fondo, cuya base de cálculo será el 1 por ciento del precio consumidor final del volumen facturado por los comercializadores mayoristas en concepto de venta de combustibles líquidos a los comercializadores minoristas.

Gutiérrez propone destinar el 45 por ciento de esos ingresos -se incorporarán en cada operación de facturación o consignación – a los fines de que se otorgue una retribución económica mensual a cada trabajador, equivalente al 20 por ciento de su salario básico, en compensación por manipular y trabajar en contacto con productos riesgosos.

Otro 10 por ciento tendrá como objeto financiar las operaciones de relevamiento, inventario y remediación de suelo de los inmuebles utilizados para la explotación de Estaciones de Servicio; otorgar apoyo financiero a las empresas del sector comercializador minorista; promover la instalación de cámaras de seguridad, alarmas, sistemas de comunicación, y otros dispositivos que permitan resguardar la integridad física de los trabajadores y usuarios, como así también los bienes del establecimiento y ejecutar programas, la protección de la salud integral de los trabajadores.

El 45 por ciento restante, en tanto, se utilizará para fomentar la formación profesional de todo el personal que preste labores en las Estaciones de Servicio, ya sea en centros de capacitación o instrumentando convenios de cooperación con Universidades Nacionales y otras entidades afines.

Junto con el 45% destinado a engrosar los sueldos de los trabajadores, fin que puede ser aceptable, aparece otro 45% destinado a un fin tan difuso y escurridizo como “fomentar la formación profesional del personal de las estaciones de servicio”.

¿De cuánto dinero estamos hablando? De aproximadamente 140 millones de pesos anuales en el caso de la recaudación total y de 60 millones de pesos para “fomentar la formación profesional del personal de las estaciones de servicio”.

En otro orden de cosas Gutiérrez consideró ineludible “compensar a los trabajadores del sector por su exposición permanente a los riesgos, mejorando su capacitación y complementando la misma con proyectos destinados a la recreación y terapias complementarias”. Aquí cabría preguntarse ¿es razonable compensar a alguien por supuestos riesgos permanentes, o antes bien debería disminuir o eliminar esos riesgos, de existir los mismos? No parece esperable que alguien se sienta compensado con un 20% de aumento salarial si finalmente sufre un accidente.

 

 

 

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