La Secretaría de Energía estableció los nuevos precios del bioetanol de maíz

Hace pocos días la Secretaría de Energía trazó un sendero de precios creciente para el biodiesel para la mezcla regulada con el gasoil, y el bioetanol de caña de azúcar para la mezcla con nafta previa venta en los surtidores.

Esto respondió a los reclamos permanentes de las empresas productoras, debido al virtual congelamiento de precios de los biocombustibles, que generó la paralización de más de 20 plantas en el año 2020  (sólo se incrementó 10% en octubre), a este reclamo se sumaron los gobernadores de las provincias productoras, sobre todo Juan Schiaretti de Córdoba y Omar Perotti de Santa Fe.

Sin embargo en aquel momento quedó por definir el valor del bioetanol de maíz

Al mismo tiempo, y para reducir la presión sobre los surtidores y sus efectos en la inflación, se redujo el porcentaje del corte de mezcla obligatoria con el gasoil de un 10% a un 5% en enero, que pasará a un 6,7% en febrero, a un 8,4% marzo y volverá a un 10% en abril, no así en el corte de naftas con bioetanol, el que se mantiene en el 12%

En el día de ayer, mediante la Resolución 11/2021, la Secretaría de Energía estableció el sendero de precios para el bioetanol de maíz, escala que es muy similar al de caña de azúcar.

La resolución expresa que con fecha 9 de octubre de 2020 se fijaron los precios de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz destinado a la mezcla en el mercado interno con las naftas de uso automotor, en el marco de la necesidad de actualizar fraccionadamente los mismos para evitar significativos aumentos en el precio de las naftas en el surtidor que agraven aún más la economía de la población en el referido contexto, todo ello al amparo de lo dispuesto por el Artículo 42 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública.

Y que, en línea con el criterio progresivo mencionado en la Resolución N° 4/20 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, las entidades que nuclean a las empresas elaboradoras de bioetanol a base de maíz acompañaron una propuesta que permite recomponer los precios del citado producto y que contempla, además, el contexto crítico que fuera expuesto en la citada norma, comprometiéndose a suspender los efectos y plazos de las acciones judiciales que pudieran haberse interpuesto a los efectos en cuestión.

Por tal motivo en la parte resolutiva se establece:

ARTÍCULO 1°.- Fíjanse los siguientes precios de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz destinado a su mezcla obligatoria con nafta en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 26.093, para los períodos que se detallan a continuación:

  1. a) PESOS CUARENTA Y TRES CON SEISCIENTAS MILÉSIMAS ($ 43,600) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de enero de 2021;
  2. b) PESOS CUARENTA Y SIETE CON OCHOCIENTAS MILÉSIMAS ($ 47,800) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de febrero de 2021;
  3. c) PESOS CUARENTA Y OCHO CON SETECIENTAS MILÉSIMAS ($ 48,700) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de marzo de 2021;
  4. d) PESOS CUARENTA Y NUEVE CON SEISCIENTAS MILÉSIMAS ($ 49,600) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de abril de 2021;
  5. e) PESOS CINCUENTA Y UNO CON CIENTO TREINTA Y DOS MILÉSIMAS ($ 51,132) por litro para las operaciones a llevarse a cabo en el mes de mayo de 2021.

ARTÍCULO 2°.- El plazo de pago del bioetanol no podrá exceder, en ningún caso, los TREINTA (30) días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

De tal manera los incrementos quedan de la siguiente manera:

 

 

 

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