Dr. Fabián Tobalo: acerca de la doble indemnización

A raíz del decreto que este fin de semana estableció la doble indemnización para despidos sin causa, elestacionero.com dialogó con el Dr. Fabián Tobalo, asesor legal de la Federación de Entidades del Combustible (FEC), para conocer su opinión profesional.

Tenemos doble indemnización por despido ¿Cuál es su opinión?

A esto ya lo tuvimos; yo le doy mi opinión como abogado que ha trabajado mucho con el sector empleador; esto es algo que espanta a empleador. Ya de por íi, el empresario argentino tiene miedo de crear empleo y esta medida refuerza ese prejuicio. Esto va en sentido contrario a donde debería ir; es algo que la gente ya no lo toma como algo de emergencia sino como algo que vino para quedarse. La última vez que se aplicó una medida similar, fue en el año 2002 y continuó hasta el 2007 es algo temporal/para siempre. Y por otra parte tenemos 35/40 puntos porcentuales de empleo informal; es como que hay dos países distintos. La economía se mueve en buena medida por la economía informal, ya que si todas las empresas tuvieran que funcionar con el cúmulo de costos de la formalidad, la mayoría cerraría sus puertas. Quizás las estaciones de servicio no son un buen ejemplo de lo que digo, ya que son negocios muy formales por sus características, pero en el caso de los lavaderos de autos  es muy alta la informalidad. Otro tanto ocurre con el sector  gastronómico y muchos otros.

En definitiva tenemos una legislación laboral que atrasa 50 años, desajustada a las realidades y necesidades del país. La ley 20.744 es hoy anacrónica, pues se corresponde con la economía de pleno empleo y alta ocupación industrial de la década de 1960, y no con la realidad de la economía Argentina de las últimas décadas. Nuestra ya vieja ley de Contrato de Trabajo (LCT) vio la luz en el año 1974, precisamente en forma coetánea con los efectos de la recordada primera crisis petrolera de 1973, que marcaría la decadencia del Estado de Bienestar: Tal su contexto legislativo e ideológico original. La ley entonces refleja una realidad  económica y social ya caduca a la época de su sanción, que hoy es historia: la del pleno empleo y la del auge del empleo industrial: el mundo de la segunda posguerra mundial. Si la LCT quedó desacoplada de la realidad económica y social desde su propia fecha de sanción, no sorprende que con el paso del tiempo el mundo del trabajo y de la empresa muestre una dinámica divergente de los principios que informaran esa legislación.

Hace poco tuve oportunidad de  visitar una enorme fábrica de ladrillos en Mar del Plata, con una planta de varias hectáreas y una capacidad producción muy importante (50.000 toneladas de procesamiento). Viéndola uno diría que trabajan allí 2000 o 3000 personas; sin embargo son solo 135 empleados. Esa es la realidad actual. En definitiva la nueva normativa, al empleador lo destroza.

En el caso de las estaciones de servicio la posibilidad o la imposibilidad de prescindir de un empleado tiene un impacto muy fuerte sobre los resultados del negocio, debido a la importante incidencia del costo laboral sobre el total de las erogaciones del mismo. Si a esto le sumamos que es una actividad en la que casi la totalidad del empleo es formal, la doble indemnización pega fuerte.

 

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