Sobre el proyecto de ley de hidrocarburos (Segunda parte)

Por Alejandro Di Palma y Compañeros. Presentamos la segunda y última parte del interesante artículo que comenzamos a publicar ayer.

B) COSTO FISCAL DE LOS ESTIMULOS

El otro punto relevante para debatir es el del ENORME COSTO FISCAL que implicara institucionalizar en la ley el Plan Gas, que establece un precio sostén artificialmente alto para el gas local y que es pagado por los consumidores a través del Tesoro Nacional.

El alto precio del gas garantizado a las empresas por el Plan Gas que se buscaría eternizar con la ley que está fijado ahora entre U$S 3,55 y U$S 4 el millón de BTU.

PONIENDO NÚMEROS NUEVAMENTE – CUANTIFICANDO OTRA VEZ

Primero revisemos los costos de producción para entender porque es alto:

El gas argentino proviene aproximadamente, en un 50 % de reservorios convencionales y en un 50 % de recursos no convencionales.

Respecto del gas Convencional, hace dos décadas una crisis brutal hizo estallar la convertibilidad e hizo necesario pesificar tarifas. En ese momento, con un dólar sobrevaluado que implicaba tener los costos de producción altísimos en dólares, las empresas vendían localmente el gas convencional que producían a U$S 1,30 el millón BTU, y lo exportaban a U$S 1. Por supuesto que con muy buenas ganancias. Eso muestra que los costos de ese gas convencional estaban y están bien por debajo de ese valor de U$S 1.

Y respecto del gas No Convencional, el consenso técnico-financiero de los expertos, en relación al costo de producción, es que ahora es de alrededor de los U$S 2,00 / 2,50 el valor por encima del cual las empresas tienen ganancias por materializar este tipo de explotación. (Y este valor tiende a bajar a medida que los volúmenes de producción que extraen de cada pozo No Convencional nuevo es mayor y mayor, llegando a volúmenes inesperados poco tiempo atrás)

El promedio del costo mínimo (break-even en inglés) para todo el gas argentino, ya está cercano a los U$S 1,50 / 1,80 el millón de BTU. Por encima de ese valor, en promedio, las empresas entran en zona de ganancias.

De allí que NO es antojadiza la decisión del ENARGAS de no permitir que a la factura de los usuarios pase un precio mayor a los U$S 2, dejándoles a las empresas una ganancia más moderada y razonable. Y ha resistido a capa y espada las presiones para aumentar este precio con impacto directo en tarifas.

ENTRE EL ERROR Y EL DELIRIO

Sin caer en el recurso de las conspiraciones como búsqueda de una explicación ante lo incomprensible de las direcciones propuestas, es necesario caracterizar el error que se propone, para ello revisemos la naturaleza, dimensión e impacto del costo fiscal:

El problema para la Argentina es que la diferencia de precio entre lo que el “Plan Gas” les garantiza a las empresas (U$S 3,55 en promedio) y los U$S 2 que les permite el ENARGAS cobrar a la población, es de aproximadamente de U$S 1,60 por millón de BTU. Y esta diferencia la debe pagar el Tesoro Nacional a las empresas (subsidio directo).

El costo fiscal para estimular a las empresas se explica así: (convirtiendo los m3 a Millones de BTU)

El paquete inicial que el Plan Gas estimula con un precio garantizado es de 70.000.000 m3/día por 4 años (1460 días).

Transformado los m3 en millones de BTU: 70.000.000 / 28 = 2.500.000 de millones de BTU por día.

2.500.000 millones de BTU/día a U$S 1,60 da un costo fiscal diario de 4.000.000 U$S diarios.

4.000.000 U$S/día X 365 días = 1.460 MILLONES DE DOLARES ANUALES

O sea, tenemos un costo fiscal anual de U$S 1.460 Millones. Este es el COSTO FISCAL del subsidio que se compromete a afrontar el Estado, y que asegura como ganancia para la Industria productora de Gas, por encima de las ganancias moderadas y razonables que ya les otorga el precio que el ENARGAS les permite pasar a tarifas.

El estímulo va mucho más allá de lo razonable, e implica una transferencia de renta del pueblo argentino a un grupo de empresas petroleras de unos 6.000 millones de U$S para los primeros 4 años y de unos casi 30.000 millones de U$S en los 20 años de duración de la ley.

El cálculo anterior seguramente resultara inferior a la renta real, en la medida que los costos de producción continúen con la sostenida y vertiginosa curva descendente que nuestros ingenieros y técnicos van logrando. No hace falta más que ver las crecientes EUR (Estimated Ultimate Recovery) que se logran mes a mes, tanto en gas como en petróleo.

 

OTRAS CONSIDERACIONES – ROL DE YPF

Desde el punto de vista económico, el “Plan Gas” incluido en la ley, propone una suerte de “doble Nelson”:

Disminuir enormemente el riesgo de su negocio, y al mismo tiempo aumentar enormemente su rentabilidad, apalancándose con el dinero de la comunidad y contrariando la máxima teórica de: “a menor riesgo menor rentabilidad esperada, y viceversa”.

Inconcebible en un momento de crisis como la actual.

Lo real para la Argentina es que, además de tener que asumir un excesivamente pesado costo fiscal en este momento económico, se beneficiará a grupos petroleros locales y extranjeros, y lamentablemente se puede perder la posibilidad de utilizar la “baratura” natural de los recursos energéticos de este país para salir de las crisis pandémica y pre-pandémica, y de usar esta “baratura” como palanca impulsora de desarrollo económico e inclusión social.

Sin perjuicio de lo anterior y para todos aquellos adoradores del Mercado, me permito señalar que no se puede hacer favor más flaco al Mercado que confiar en uno en el que la competencia brilla por su ausencia. Sin competencia un Mercado se convierte en la coartada perfecta para consolidar la posición de empresas ya instaladas que disfrutan de rentas que no pueden ser disputadas por sus competidores y es a través de este razonamiento que se revela la necesidad de participación de una empresa de bandera como YPF que asegure la competencia en ese Mercado.

Agregamos a lo anterior la siguiente consideración, si el país no tuviera una empresa petrolera con la capacidad de por sí sola poner ese gas en producción, seria entendible (aunque no aceptable) la condicionalidad empresaria de exigir un precio determinado, garantizado por el Estado y en un plazo largo, para producir ese gas.

Pero YPF, cuya participación accionaria mayoritaria está en manos del Estado Nacional, tiene el potencial productivo suficiente y está en capacidades de proveer el gas que el país y sus habitantes necesitan a un precio razonable, y con una rentabilidad razonable. Y encima se han creado las fuentes de financiamiento “ad hoc” para llevar a cabo la inversión productiva (impuesto a la riqueza)

Pero para ello es necesario que la gestión de YPF se alinee finalmente con las necesidades de la Nación y del pueblo argentino.

Hay muchos otros temas para debatir desde este proyecto de ley, por ejemplo la no tan gran prioridad que el proyecto la ley le da al desarrollo industrial y tecnológico local.

Debería ser un tema tratado en los primeros capítulos de la ley, como razón de ser de la misma con perspectiva nacional, patriótica Mosconiana y popular.

 

“Entregar nuestro petróleo y gas es como entregar nuestra bandera”. General Mosconi.

 

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