El Gobierno Nacional incrementó los valores de los biocombustibles

Mediante las resoluciones Nº 296 y 297 de la Secretaría de Energía con la firma de su titular María Carmen Tettamanti, se establecieron los nuevos valores para el biodiesel y el bioetanol


La resolución Nº 296 en su artículo primero, establece: Fíjase en PESOS OCHOCIENTOS CON CUARENTA Y TRES MILÉSIMAS ($ 800,043) por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar destinado a su mezcla obligatoria con nafta en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27.640, el cual regirá para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de julio de 2025 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.

Mientras el artículo segundo dice: Fíjase en PESOS SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON DOSCIENTAS SESENTA MILÉSIMAS ($ 733,260) por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz destinado a su mezcla obligatoria con nafta en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27.640, el cual regirá para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de julio de 2025 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.

La resolución Nº 297, en su artículo primero, reza: Fíjase en PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS ONCE ($ 1.302.411) por tonelada el precio mínimo de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27.640, para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de julio de 2025 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.

Estos ajustes repercuten en el costo de elaboración de las naftas y los  gasóleos.

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