Aporte obligatorio a las cámaras: el SINPECOR adaptó su sistema para quienes no deseen pagarlo
Solucionan así la complicación de tener que depositar en la cuenta del sindicato, adjuntando detalle de lo abonado, sin poder utilizar el aplicativo sindical
El día 5 de marzo del 2025, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 149/2025, que en su artículo 1º establece que “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”.
“La imposición en curso o la aceptación a que se refiere la última parte del párrafo anterior podrá ser revocada libremente, y en cualquier oportunidad, mediante simple comunicación fehaciente a la entidad correspondiente”.
Agrega la norma que “la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 14.250 (t.o.2004) y su modificatoria, no homologará ni registrará convenios o acuerdos colectivos que contradigan lo dispuesto en el artículo anterior”.
La entrada en vigencia del decreto se estableció a los 90 días corridos de su publicación en el Boletín Oficial.
Ante la imposibilidad de excluir el pago a FECAC en el sistema del sindicato SINPECOR (o se pagaba todo o no se pagaba nada), muchos estacioneros optaban por depositar en la cuenta del sindicato los importes correspondientes, excluyendo el correspondiente a la federación. Por tal motivo la entidad gremial modificó el sistema, a fin de solucionar el problema, por lo que envió el siguiente comunicado:
Estimados
A través de la presente ponemos en su conocimiento que a partir del decreto 149/2025 que brinda la posibilidad al empleador de optar por abonar o no las cámaras empresarias, hemos modificado nuestro sistema para que desde el menú, dentro de Planillas y Boletas en el apartado Pago FECAC pueda habilitar o deshabilitar dicha contribución y pueda abonar desde nuestro aplicativo por los medios de pago habilitados sin hacer depósitos directos en la cuenta y quedando registrados los pagos directamente evitando el uso de planillas adicionales y el envío de libros de sueldos para justificar las mismas.


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