¿Debería re establecerse el sistema “Precios en Surtidor” de la Secretaría de Energía?

Teniendo en cuenta que la Resolución 314/2016 fue derogada por la Resolución 717/2025 del 29/05/2025, sería útil analizar la utilidad de la medida.


Por redacción El Estacionero

La Resolución 314 – E/2016, promulgada durante la gestión del Ing. Juan José Aranguren como Ministro de Energía y Minería durante la presidencia del Ing. Mauricio Macri, creó el Sistema en línea de información sobre precios de combustibles en surtidor como parte integrante del Sistema Unificado de Información Energética.

A través de la misma los titulares de bocas de expendio de combustibles, líquidos inscriptos en el registro creado por la Resolución N° 1.102/2004 deberían presentar la información relativa a precios de comercialización minorista dentro de las 8 horas de producida una modificación en el precio en surtidor de alguno de los siguientes combustibles: nafta grado 2, nafta grado 3, gasoil grado 2, gasoil grado 3 y GNC.

Los fundamentos

En los considerandos de la norma, se establece con buen criterio, que el artículo 42 de la Constitución Nacional, reza que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.

El Decreto N° 1.028 de fecha 14 de agosto de 2001 crea el Sistema de Información Federal de Combustibles, con la finalidad de contar con información relevante, correspondiente a los agentes económicos que se desempeñan, en actividades, entre otras a la comercialización (mayorista y minorista) de hidrocarburos y combustibles. Obliga a dichos agentes a suministrar la información que resulte necesaria para evaluar el desempeño del sector y las condiciones de competencia que garanticen una adecuada protección de los consumidores.

Si bien la Resolución Nº 1.104/2004 de la Secretaría de Energía, creó el Módulo de Información del Precio mayorista de combustibles y el Módulo de Información del Precio Minorista de Combustibles por Boca de Expendio, para la remisión de información sobre precios y volúmenes de combustibles, dicha información reviste carácter mensual y se informa a mes vencido; las variaciones diarias que pueden experimentar los precios de los combustibles líquidos y el gas natural comprimido expendidos al público no son inmediatamente conocidas, por lo que se necesita un canal de información que de a conocer la variación del precio de los combustibles líquidos y el gas natural comprimido de manera inmediata y directa de parte de los expendedores.

Consideraciones sobre el tema

Si bien es verdad que este sistema conllevaba una tarea adicional a las estaciones de servicio, no es menos cierto que le permitía al estacionero tener un pantallazo general de los precios en todo el país a fin de interpretar las tendencias y tomar las decisiones comerciales más acertadas.

Teniendo en cuenta que la Resolución 717/2025 del 29/05/2025, derogó la Resolución 314/2016, creemos que la norma, con las adaptaciones que sean necesarias, debería ponerse nuevamente en vigencia.

En el caso de YPF, con el nuevo sistema de microprices, el cumplimiento de la Resolución se complicaría por la frecuencia de las variaciones de precios, pero bien podría interconectarse el sistema de la empresa con el sector de Precios en Surtidor de la Secretaría de Energía, a fin de que los datos fueran cargados automáticamente y en tiempo real. La consideración es válida para todas las refinadoras.

Opinión autorizada

Para conocer la opinión de un profesional relacionado con el tema, elestacionero.com consultó al Lic. Ignacio Barousse, ex Director Nacional de Refinación y Comercialización, cuando se promulgó el decreto 314/2016.

Expresó Barousse que “la resolución derogada brindaba transparencia y utilidad tanto para consumidores como para operadores de estaciones de servicio. Destacó la importancia de la disponibilidad de información para fortalecer la competencia en los mercados y la necesidad de contar con información de precios en tiempo real, especialmente en un contexto como el actual donde los mismos son modificados constantemente, en contraposición al sistema de precios vigente hasta unos meses atrás, donde la empresa líder del mercado aplicaba una política de fijación de precios en forma mensual.

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