El incremento salarial anual, acompañó la inflación ¿y los precios de los combustibles?

El acuerdo de CECHA, FECRA y AES con SOESGYPE, cerró el período 2022/2023 y estableció las subas del primer semestre del 2023/2024


El acuerdo salarial al que arribaron la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines, CECHA, la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina, FECRA y la Asociación de Estaciones de Servicio, AES con la entidad gremial SOESGYPE, cierra el año convencional (Abril 2022 / Marzo 2023), con un incremento en los salarios de los trabajadores del 88%, ya que las sucesivas variaciones fueron no acumulativas y referenciadas al básico de marzo del 2022.

El arreglo involucra un incremento del 40% en cuatro tramos de 15%, 15%,10% y 10%, los que se adicionan al 48% otorgado hasta el mes de diciembre del año pasado. El primer tramo corresponde al mes de noviembre del 2022, por lo que podría generar diferencias a pagar referidas a los meses de noviembre y diciembre del 2022 y enero del 2023; no obstante, no conocemos el texto oficial de acuerdo, por lo que no sabemos si se ha previsto algo al respecto.

En el caso de las escalas de CECHA y para la categoría de operario de playa, los números son los siguientes:

¿ES MUCHO O POCO?

Si analizamos el porcentaje otorgado en función de la situación de las estaciones de servicio, y yendo al indicador principal que es el margen bruto de comercialización, podemos ver que el incremento en los precios de los combustibles en el período convencional fue bastante diferente según el producto del que se trate (podemos saber cuál será el resultado anual, ya que las variaciones de precios del mes de marzo, ya están establecidas). En el caso de la nafta grado 2 (super), fue el 66%, con lo que serían 22 puntos porcentuales menos que el incremento salarial. Ahora bien, si comparamos con el promedio ponderado, teniendo en cuenta que la estación de servicio “promedio” tiene una venta compuesta de 38.25% de nafta grado 2, 15.01% de nata grado 3, 30.16% de gasoil grado 2 y 16.58% de gasoil grado 3, el incremento sería del 85.65%, cifra cercana al aumento del costo laboral. Claro que la estación promedio como tal no existe, por lo que cada estacionero sabrá en que punto está ubicado.

Si el análisis se hace en función de la situación del trabajador, podemos apreciar que la inflación en el período descripto (tomando la proyección para el mes de marzo), habrá sido del 87.61%, por lo que con una mejora pactada del 88%, mantendrán el poder adquisitivo de su salario

Lo analizado hasta aquí corresponde al cierre del períodos 2022/2023, según el siguiente detalle:

1– Se otorga un incremento salarial no acumulativo y  NO REMUNERATIVO del 15 % para el mes de Noviembre de 2022, que se volverá remunerativo en Febrero de 2023. (será tenido en cuenta para cálculo de adicionales y SAC)

2– Se otorga un incremento salarial no acumulativo y  NO REMUNERATIVO del 15 % para el mes de Enero 2023 que se volverá remunerativo en el mes de Febrero de 2023. (será tenido en cuenta para cálculo de adicionales y SAC)

3– Se otorga un incremento salarial no acumulativo y    REMUNERATIVO del 10 % para el mes de Febrero de 2023.-

4– Se otorga un incremento salarial no acumulativo y    REMUNERATIVO del 10 % para el mes de Marzo de 2023.-  

ACUERDO PARITARIO 2023/24:

Se acordaron también las variaciones de los seis meses a regir desde el mes de Abril 2023, según el siguiente detalle:

5– Se otorga un incremento salarial no acumulativo y REMUNERATIVO del 11 % para el mes de Abril 2023.

6– Se otorga un incremento salarial no acumulativo y REMUNERATIVO del 10 % para el mes de Julio de 2023.-

7– Se otorga un incremento salarial no acumulativo y REMUNERATIVO de 9 % para el mes de Agosto de 2023.-

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