Impuestos: el decreto de los doce días

Por el Ing. Alberto Fiandesio, ex Subsecretario de Combustibles y editor del sitio todohidrocarburos.com

El Gobierno acaba de emitir el Decreto N° 35/2021 en el que se determina la postergación de la entrada en vigencia del aumento, correspondiente al cuarto trimestre del año 2020, del Impuesto sobre los combustibles líquidos y del Impuesto al Dióxido de Carbono.

La actualización de estos impuestos está establecida en los Capítulos I y II del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

De acuerdo a esta reglamentación la actualización debía ser implementada, para cumplir con la Ley, el 1° de marzo de 2021.

Sin embargo, este nuevo Decreto, como otros anteriores, posterga su entrada en vigencia por ¡12 días!.

En los considerandos se menciona (copiamos): “Que en línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, se torna necesario prever, para los productos precedentemente mencionados, que la referida actualización surta efectos desde el 12 de marzo de 2021, inclusive.”.

Los productos mencionados son naftas, nafta virgen y gasoil.

La reflexión que se nos ocurre es: Cómo estará nuestra economía para implementar medidas como ésta, de cortísimo plazo, y asignarle “beneficios sobre la estabilización y adecuada evolución de los precios”.

¿O habrá algo más?

Mete miedo.

 

 

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