¿Reabre Oil y los despedidos vuelven a la Refinería San Lorenzo?

La compañía cerró el año pasado y dejó a cientos de empleados en la calle. Se inculpó a sus dueños por deudas con Afip, pero ahora indican todo lo contrario Una serie de resoluciones de la Afip, hasta ahora desconocidas, y firmadas por el ex titular del organismo recaudador, Alberto Abad, podrían invertir la acusación respecto a cómo se generó el monto de la deuda de la petrolera Oil Combustibles que derivó finalmente en su quiebra y posterior venta.

En San Lorenzo, tal situación convirtió a la Refinería en una fábrica abandonada, pues a sus nuevos dueños, YPF, jamás le interesó mantener la producción de combustibles en dicho predio, sino que tan sólo apostó a usar la capacidad de almacenamiento y funcionalidad de su muelle.

La empresa del kirchnerista Cristóbal López venía teniendo graves problemas financieros, y por ello debió renegociar la deuda que sostenía con la Nación por tributos no pagados. Con la asunción del macrismo, se dijo que la gestión de Cristina Fernández favoreció al empresario con planes de pago “laxos” y que con dinero retenido (Impuesto a la Transferencia de Combustibles -ITC-) se compraron medios de comunicación.

La denuncia original impulsada por las nuevas autoridades de Afip, señalaron que López debía 8.000 millones de pesos más intereses, que el plan de refinanciación era “preferencial” y que así y todo tampoco se cumplió. En consecuencia, se dio de baja a tal refinanciación y se exigió el pago total de la deuda, hecho que era imposible de cumplir (por la abultada cifra y a razón que Oil se hallaba en convocatoria de acreedores).

El final ya es conocido: Afip pidió su quiebra, la Justicia dio a lugar la petición y los activos fueron puestos en venta a un precio casi vil, mientras que todos sus empleados, alrededor de trescientos, fueron todos despedidos e indemnizados.

A todo esto, la red de estaciones de servicios se desguazaron y el predio industrial de San Lorenzo lo compró YPF, que tal como fue dicho nunca se ocupó de recuperar la producción de petróleo y apenas si recontrató a un puñado de trabajadores digitados por el nuevo gremio que se hizo cargo: Suphe.

El diario ámbito financiero publicó una crónica donde todas estas acusaciones –o al menos, la mayoría- no tienen un sustento firme; por el contrario, las nuevas investigaciones y pericias invierten la acusación respecto a cómo se generó esa deuda y cuál es su verdadero monto.

Estos “nuevos” documentos serán incorporados como prueba de que habría existido una decisión desde las más altas esferas del organismo recaudador para que se empujara a la firma a la cesación de pagos.

También apunta a nutrir la denuncia penal realizada por los ex dueños de Oil en el juzgado de María Servini por las presuntas maniobras ilegales para desapoderarlos de las empresas, lo que habría sido orquestado por el Poder Ejecutivo.

Lo cierto es que si la justicia resuelve que las razones que impulsaron a la quiebra y posterior venta der Oil no tienen prueba suficiente, habrá que replantearse qué pasa con la Refinería San Lorenzo.

¿Se la devolverán a Oil Combustible? ¿Reabrirán la Refinería? ¿Recontratarán a los obreros cesanteados?

Una historia que marca, una vez más, la irresponsabilidad de empresarios y políticos, a los que bien puede sumarse a sindicalistas y ahora, posiblemente, también la justicia, que acabó con años de historia y orgullo para los trabajadores y habitantes de este Cordón Industrial.

La secuencia de los hechos, fue la siguiente:

14 de diciembre de 2015

Asume Alberto Abad el cargo de titular de la Afip y ese mismo día dicta la Resolución General N° 3827 del 5/02/2016 en la que establece el contexto de los planes permanentes de AFIP con miras a su gestión e incluyó el Impuesto a la Trasferencia de Combustibles entre los impuestos indirectos que podían ingresar en planes de pago.

13 de marzo de 2016

Estalla el caso Oil públicamente cuando el propio Mauricio Macri mencionó televisivamente la situación de la petrolera de Cristóbal López y Fabián De Sousa.

14 de marzo de 2016

La Afip denunció el caso ante la Justicia por la deuda que acarreaba Oil.

15 de marzo de 2016

Abad dictó la Resolución General N° 3836, donde alegando supuestas razones “aconsejadas” de “administración tributaria” modificó su propia normativa de febrero y quitó (a través del Artículo 3, inciso ñ) los impuestos sobre el combustible de la posibilidad de ser incluidos en los denominados “planes permanentes” para regularizar deuda que tenían vigencia hasta entonces.

22 de marzo de 2016

Abad dictó la Resolución General N° 3837 y reformó las “condiciones subjetivas de exclusión”. Ahora, modificó el Artículo 4 de la RG de febrero por “adecuaciones normativas”.

Al quedar impedido de financiar ITC por la RG N° 3836, Oil podría haber financiado otros impuestos en los planes habilitados para todos los contribuyentes para “pago voluntario”.

Pero la corrección con la RG N° 3837 implicó que para quedar afuera de los planes bajo una acusación de un delito tributario, se cambiara el estatus de “imputado” que se debía poseer por el de mero “denunciado”, como era el caso Oil para ese momento.

Con estos cambios, la petrolera ya no podía acceder ni a planes para ITC ni para el resto de los tributos a través de la aplicación web.

28 de marzo de 2016

Abad dicta la Resolución General N° 3857 y la Afip vuelve a alterar la normativa general, pero en este caso para las empresas que podían ingresar en concurso de acreedores.

Hasta entonces, el organismo tenía previsto un antiguo plan de 96 cuotas con un interés del 0,5% mensual. Pero ahora, con el objetivo de “optimizar las acciones de cobro de los créditos fiscales”, redujo a 12 las cuotas, siempre y cuando se trate de obligaciones correspondientes a sujetos denunciados penalmente por la AFIP, en los delitos exactos que le se acusan a la empresa Oil.

1 de septiembre de 2017

Abad dicta la Resolución General N° 4117, que amplió las restricciones y cerró el camino al plan de pago de la deuda no ya a la propia empresa, sino también “a las personas jurídicas cuyos directivos se encuentren imputados”. Ese era el caso de Cristóbal López y Fabián De Sousa, lo que impidió a Indalo acogerse al plan de pagos de 96 cuotas para firmas concursadas.

13 de marzo de 2018

Abad dictó otra Resolución General que dio de baja el resto de los planes declarándolos “nulos de nulidad absoluta e insanable”, lo que obligó a “reimputar los pagos realizados y a recalcular los intereses resarcitorios”.

 

Fuente: SL24.com.ar

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