Se aprobó el reglamento de las Mesas de Innovación Tecnológicas del ENARGAS

El miércoles informamos en este medio acerca de que el ENARGAS tuvo la iniciativa que en principio parece saludable de crear la Mesa de Innovación Tecnológica, para el establecimiento de una oblea inteligente.

Esta Mesa estará conformada por representantes de las distintas actividades relacionadas con el tema, entre ellas las cámaras de estaciones de servicio.

Ayer, mediante la Resolución 404/2020 del ENARGAS aprobó el reglamento para las mesas de innovación tecnológicas.

Mediante la Resolución RESOL-2020-345 del 22 de octubre de 2020 se creó la Gerencia de Innovación Tecnológica del Ente Nacional Regulador del Gas, la cual tiene entre sus funciones y responsabilidades, fomentar el desarrollo y la implementación de tecnologías innovadoras; potenciar la utilización de herramientas digitales para la optimización de procesos y servicios en los ámbitos de Transporte, Distribución y Utilización del Gas Natural; promover, desarrollar e implementar acciones para el establecimiento de una industria nacional del gas natural que sea sustentable desde la perspectiva socioeconómica y ambiental y proponer la elaboración y actualización de las reglamentaciones técnicas que resulten necesarias para asegurar la calidad, seguridad y eficiencia en la prestación del servicio en el marco de la incorporación de las nuevas tecnologías, todo ello actuando de forma coordinada con las distintas Unidades Organizativas del Organismo.

Asimismo, dentro de la órbita de la mencionada Gerencia se crearon distintas áreas, tales como el “Área de Coordinación de Mesas de Innovación Tecnológica”, la cual tiene entre sus funciones, la de gestionar la creación de Mesas de Innovación Tecnológica para el intercambio de propuestas técnicas, en el marco de la implementación de mejoras en diversos aspectos de la industria del Gas Natural,

En función de ello, a fin de regular la actividad de las diversas Mesas de Innovación Tecnológica, resulta necesario contar con un Reglamento de Funcionamiento que determine el mecanismo a implementarse en las distintas Mesas de Innovación Tecnológica creadas para los fines específicos que cada una de ellas establezca.

Dicho reglamento establece entre otras cosas que las mesas de innovación tecnológicas estarán presididas por la titular de la Gerencia de Innovación Tecnológica (GIT) del ENARGAS o quien ella designe, quien actuará en calidad de presidente. El responsable a cargo del Área de Coordinación de Mesas de Innovación Tecnológica, actuará en carácter de Director Ejecutivo, en todos los casos, salvo que la presidencia de la MIT designe a otro responsable en tal carácter, bastando para ello la notificación fehaciente a los participantes, lo que deberá constar en el acta de la MIT respectiva

En caso de corresponder, participarán representantes de las distintas Unidades Organizativas del ENARGAS con competencia en la materia de que se trate.

Las propuestas de innovación a la que se refiere el Artículo 1º del Reglamento podrán ser presentadas ante el ENARGAS por los sujetos indicados en la respectiva Resolución de creación de la MIT correspondiente, así como por cualquier Unidad Organizativa del ENARGAS; todo ello en el marco de las competencias propias de la Autoridad Regulatoria conforme surge de la Ley N°24.076. Las propuestas de innovación que se presenten deberán estar en un todo de acuerdo con los requisitos técnicos establecidos por la GIT para la temática correspondiente.

La mencionada Resolución 404/2020

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Aprobar el “REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO PARA LAS MESAS DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA” creadas en el ámbito del ENARGAS, que como Anexo (IF-2020-84270503-APN-GIT#ENARGAS) forma parte integrante de la presente.

 

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