Tropiezo judicial
El STJ de Neuquén rechazó el reclamo de una mujer que se cayó en la vía pública. Según el fallo, no pudo determinarse si el hecho ocurrió por el mal estado de la vereda o la torpeza de la accionante.
El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén confirmó el rechazo el reclamo de una vecina, quien demandó al municipio local para obtener la reparación de los daños causados por su caída en oportunidad de transitar por una vereda de la demandada.
En el caso, la sentencia de primera instancia rechazó la pretensión. Contra esta decisión se alzó la actora, en el marco de los autos «B. E. C/ Municipalidad de Neuquén S/ Acción Procesal Administrativa».
Para así decidir, el juez realizó un análisis de la prueba documental y testimonial brindada, para luego concluir que “no se encuentra suficientemente acreditado que la vereda se encontrara en mal estado ni que contuviera obstáculos que impidieran una normal circulación, ni que la causa de la caída haya sido el tropiezo de la actora por el mal estado de la misma”.
En este escenario, a Sala Procesal-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia, integrada por Oscar EMassei y María Soledad Gennari, confirmaron la postura de su colega, quien señaló que la prueba y testimoniales “son contradictorias con relación al estado de la vereda al momento del hecho”, así como respecto a la mecánica del hecho.
“La apelante insiste en que la caída fue a causa del mal estado de la vereda, pero lo cierto es que del repaso de las testimoniales sólo puede afirmarse que la actora cayó en la vereda, pero no puede certificarse si ello se debió al mal estado de la misma, a la existencia de obstáculos que no debían estar allí o, a una simple torpeza, descuido o lesión previa que la hizo precipitarse”, concluyeron los vocales.
Fuente: Diario Judicial
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